En el Centro de Conciliación de la Notaría 17 de Bogotá encontrará una solución rápida, pacífica y legalmente válida a sus conflictos.
Conciliar AhoraNuestras actas de conciliación tienen el mismo valor que una sentencia judicial. Son de obligatorio cumplimiento.
Resolvemos su conflicto en días, no en años como ocurre en los juzgados. Ahorre tiempo y dinero.
Creamos un ambiente de diálogo donde ambas partes quedan satisfechas, preservando relaciones personales y familiares.
87% de los casos se resuelven satisfactoriamente en la primera audiencia
La conciliación es un mecanismo de solución de conflictos a través del cual, dos o más personas realizan pacíficamente por sí mismas la solución de sus diferencias, con la ayuda de un tercero neutral y calificado, denominado conciliador.
Director del Centro de Conciliación
Abogado especialista en Derecho de Familia y en Derecho Notarial y Registral. Conciliador certificado por la Cámara de Comercio de Bogotá.
Código Conciliador: 4001-002
Abogado Titulado, certificado como Conciliador extrajudicial en Derecho por la Universidad La Gran Colombia.
Código Conciliador: 4001-003
Abogado unilibrista, consultor y apoderado para compañías inmobiliarias y del sector asegurador.
Nuestro centro está vigilado por el Ministerio de Justicia y del Derecho garantizando calidad y transparencia en cada proceso.
Llene el formulario con sus datos básicos y la información sobre su caso. Nuestro equipo lo revisará y se pondrá en contacto con usted.
Un profesional revisará jurídicamente su solicitud y le indicará si su caso es conciliable. También le informará sobre la documentación necesaria y las tarifas aplicables según la normativa vigente.
Se designará un conciliador especializado en su tipo de caso y se enviarán las citaciones correspondientes para la audiencia de conciliación, que puede ser presencial o virtual.
Durante la audiencia, el conciliador facilitará el diálogo para buscar un acuerdo. Si se logra, se entregará el acta de conciliación con efectos de cosa juzgada y mérito ejecutivo.
La conciliación es requisito de procedibilidad para muchos procesos judiciales. Resolver su caso con nosotros le ahorrará tiempo, dinero y estrés.
Centro vigilado por el Ministerio de Justicia y del Derecho
El tiempo promedio de un proceso de conciliación es de 15 a 30 días desde la presentación de la solicitud hasta la audiencia final, dependiendo de la complejidad del caso y la disponibilidad de las partes.
Las tarifas están reguladas por los Decretos 1885 de 2021 y 1069 de 2015, y varían según la cuantía de las pretensiones. Para casos sin cuantía determinada, la tarifa es de $654.166 (IVA incluido). Contáctenos para una cotización precisa según su caso específico.
El acta de conciliación tiene plena validez legal. Produce efectos de cosa juzgada, lo que significa que no se puede iniciar otro proceso por los mismos hechos, y tiene mérito ejecutivo, permitiendo exigir su cumplimiento ante un juez en caso de incumplimiento.
Para la mayoría de los casos de conciliación, no es obligatorio estar acompañado por un abogado. Sin embargo, en ciertos asuntos complejos puede ser recomendable contar con asesoría legal para proteger adecuadamente sus intereses.
Si alguna de las partes no asiste a la audiencia de conciliación, se expide una constancia de inasistencia. Esta constancia sirve como requisito de procedibilidad para iniciar un proceso judicial. Además, la inasistencia injustificada puede generar consecuencias jurídicas durante el eventual proceso judicial.
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